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REAGRUPACIÓN FAMILIAR.

 

 ¿Cómo puede reagrupar a su familia?

Siempre y cuando cumpla con los requisitos necesarios para ejercer su derecho a reagrupar a su familia.

Es residente y quiere traer a su familia a España

Para poder traer a su familia a España usando el procedimiento de reagrupación familiar tiene que llevar residiendo un año en territorio español y haber solicitado u obtenido la autorización de residencia para otro año más, es decir que haya renovado su residencia inicial. Tendrá que demostrar que dispone de un alojamiento adecuado y medios de subsistencia suficientes para atender sus gastos y los de su familia. 

 

¿A quién puede reagrupar?

Puedes reagrupar a su cónyuge si no estas separado, sus hijos y los de su cónyuge (incluidos los adoptados) menores de 18 años o incapaces y en ambos casos no deberán estar casados. También los ascendientes del que solicita la reagrupación o del cónyuge cuando estén a su cargo, los menores de 18 años y los incapacitados cuando el extranjero sea su representante legal.

 

¿Dónde tiene que presentar la solicitud para la reagrupación?

Deberá dirigirse a la Oficina de Extranjeros, las Delegaciones o las Subdelegaciones del Gobierno más cercana a su domicilio.

 

¿Qué documentación tiene que presentar?

El trámite que debe seguir es presentar la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar en territorio español por cada uno de los familiares que desee traer a España y cuando sea admitida, sus familiares deberán solicitar los visados en el consulado español de su país de origen.

Para la presentación de la solicitud de residencia por reagrupación familiar debe dirigirse personalmente a la Oficina de Extranjeros.

Junto con la solicitud oficial necesitará presentar los documentos que demuestren su parentesco, edad y dependencia legal y económica de los distintos familiares que quiere agrupar: Libreta de familia, certificado de matrimonio, partidas de nacimiento de cada uno de sus hijos.

La copia y original de su pasaporte en vigor.

La copia de su autorización de residencia o de trabajo y residencia ya renovada, de la primera autorización y en caso de tener la renovación en trámite el resguardo de la presentación de la solicitud de renovación.

Tendrá que demostrar que tiene medios económicos suficientes.Por ejemplo, un empleo que cubra las necesidades y gastos su familia.

Contar con una vivienda adecuada. Bastará con presentar el contrato de alquiler o el titulo de propiedad.

En el caso que el reagrupado sea su cónyuge deberá presentar una declaración firmada manifestando que no vive con otro cónyuge.

Importante: Si cumple con todo los requisitos y se concede la autorización para la reagrupación familiar quedará en suspenso hasta la expedición del visado y la entrada de sus familiares en territorio español. Para solicitar el visado su familiar necesitará un informe acreditativo de que usted reúne las condiciones exigidas para solicitar la reagrupación familiar y que es titular de una autorización de residencia renovada.

 

¿Cuál será la vigencia de la autorización para sus familiares?

La validez de la autorización de residencia de sus familiares dependerá de su situación legal en España y será igual a la vigencia de su autorización de residencia.

 

 ¿Dónde y quién tiene que solicitar el visado?

El visado solamente se puede solicitar fuera de España, en la oficina consular o misión diplomática en el país de residencia donde están sus familiares. Una vez le hayan notificado la concesión de la autorización, el familiar que desea agrupar tendrá dos meses de plazo para solicitar el visado.

Importante: El familiar no podrá ser reagrupado si se encontrase en España en forma irregular y será razón suficiente para denegar la solicitud. Deberá viajar a su país para solicitar el visado.

 

¿Cómo obtiene el visado para su familia?

1. Dirigirse al consulado español en su país son la solicitud oficial cumplimentada y firmados. Copia y original de pasaporte del familiar a reagrupar en vigor, con vigencia mínima de cuatro meses.

2. Certificado de antecedentes penales, expedido dentro de los últimos 6 meses por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en Español.

3. Copia de la autorización de residencia del residente en España.

4. Documentación original que acredite los vínculos familiares, la edad y la dependencia legal o económica.

5. Certificado médico para acreditar que no padece ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena previstas en el Reglamento sanitario internacional.

 

¿Cuánto tiempo tardará la concesión del visado?

El consulado tendrá un plazo máximo de dos meses para notificar la concesión del visado, el familiar a reagrupar deberá recogerlo personalmente, salvo en el caso de menores, en que podrá ser recogido por su representante o tutor.

El familiar deberá entrar en España durante la vigencia del visado que nunca será mayor a tres meses y tendrá como máximo un mes para solicitar la tarjeta de identificación de extranjeros.

Para renovar el permiso de residencia del familiar reagrupado deberá presentar la solicitud de renovación 60 días antes de su vencimiento. Como en la primera solicitud tendrá que demostrar como residente que cuentas con un empleo o medios económicos suficientes para su subsistencia.

Si su esposa o cónyuge consigue una autorización de trabajo y acredita por medio de un certificado de convivencia que a convivido contigo 2 años puede solicitar una autorización de residencia independiente de su residencia. Sus hijos también podrán conseguir una autorización de residencia independiente cuando sean mayores de edad y obtengan una autorización para trabajar.

 

¿Fue reagrupado, puede traer a su familia?

Si fuiste reagrupado podes ejercer su derecho de reagrupar a sus propios familiares siempre que tengas una autorización de residencia independiente de la persona que te ha reagrupado y reúnas los requisitos necesarios.

Comentario

En la práctica la reagrupación resulta algo compleja. La mayor dificultad se presenta en la recopilación de todos los documentos exigidos, muchas veces por problemas económicos o por no disponer de organismos del estado donde realizar los tramites para los que viven en lugares lejos de las poblaciones más urbanizadas. Los organismos de gobierno de los países latinoamericanos presentan cierta dificultad burocrática y una organización centralizada. Estos inconvenientes retrasan el proceso a veces años y hasta llegar al punto que el familiar a reagrupar llega a España cuando se esta por finalizar la autorización del residente.


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